Sí, por ley existe un límite de 1.500 euros anuales.
Este límite máximo queda fijado por la normativa en materia de planes de pensiones en España, y abarca el total de las aportaciones que realices a lo largo de un año (del día 1 de Enero hasta el día 31 de Diciembre del mismo año) a los todos los planes de pensiones que puedas tener abiertos a tu nombre, también si los tienes contratados con entidades distintas.
Asimismo, este límite no sólo aplica a los planes de pensiones, sino que es común para la suma de todas las aportaciones efectuadas en un mismo ejercicio al conjunto de sistemas de previsión social regulados en la normativa española (Planes de Pensiones, Planes de Previsión Asegurados, PPSE, Mutualidades de Previsión Social y Seguros de Dependencia).
Las personas con discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, psíquica superior al 33% o incapacidad declarada judicialmente con independencia del grado podrán aportar hasta un límite de 24.250€. Adicionalmente, los familiares de personas con dicha discapacidad (en línea directa colateral, hasta el tercer grado o cónyuge) podrán realizar aportaciones a favor de estas, de forma complementaria, siempre con el límite de 10.000€ anuales.